ORGANIZATIVA

Estructura orgánica. Órganos de Gobierno, de Dirección o de administración. Competencias y funciones
  • JUNTA GENERAL DE SOCIOS
  • ADMNISTRACIÓN SOCIAL

Presidenta: ROSA ELENA DÁVILA MAMELY
Vicepresidente: JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ
Consejero Delegado: CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ
Consejero: JOSE ANTONIO DUQUE DÍAZ
Consejero: BEGOÑA ORTIZ LESTON
Consejero: MANUEL FERNANDEZ VEGA
Secretaria no consejera: Marina Wangüermert Pérez

Nombrados en Consejo de Administración el 29 de septiembre de 2023

Estructura Orgánica

Competencias y funciones
  • JUNTA GENERAL DE SOCIOS
  • ADMNISTRACIÓN SOCIAL

Competencias Junta General

  1. Es competencia de la Junta General deliberar y acordar sobre los siguientes asuntos:

(a) La censura de la gestión social, la aprobación de las cuentas anuales y la aplicación del resultado.

(b) El nombramiento y separación de los administradores, liquidadores y, en su case, de los auditores de cuentas, así como el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos.

(c) Optar por los distintos Organizar la administración de la Sociedad previstos en el Artículo 23 de estos estatutos sin necesidad de la correspondiente modificación estatutaria.

(d) La autorización a los administradores pata el ejercicio, por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de actividad.

(e) La modificación de los estatutos sociales.

(t) El aumento y la reducción del capital social.

(g) La transformación, fusión y escisión de la Sociedad.

(h) La disolución de la Sociedad.

(i) Cualesquiera otros asuntos que determinen la ley o estos estatutos.

  1. Además, la Junta General podrá impartir instrucciones a la Administración Social o someter a autorización la adopción por dicho órgano de decisiones o acuerdos sobre determinados asuntos de gestión, sin perjuicio del ámbito de la representación de la Sociedad conferida por la ley a la Administración Social.

Competencias Consejero Delegado:

1.- Representar a la Sociedad en los negocios, contratos, actos y operaciones y ante toda clase de personas o entidades, y compañías de servicios, suministros y transportes, y contratar sobre bienes muebles y derechos, mediante los pactos y condiciones que estime convenientes. Comprar y vender mercaderías, maquinaria y, en general, bienes muebles. Concurrir a subastas y concursos oficiales y particulares, formular proposiciones y aceptar adjudicaciones provisionales y definitivas; firmar facturas, pólizas, conocimientos, guías, solicitudes y declaraciones juradas; contratar fletamentos, y en general contraer obligaciones con una limitación máxima por operación de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €); Autorizar con su firma la correspondencia social y demás documentación que precise tal requisito.

2.- Llevar la firma y actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de operaciones bancarias disponiendo de las cuentas abiertas a nombre de la sociedad, interviniendo y firmando cheques, letras de cambio, pagares y otros títulos como librador, aceptante, endosante, endosatario o tenedor de las mismas, constituir y retirar depósitos en metálico y valores, hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, y cancelarlos, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; concertar préstamos y créditos; aprobar saldos de cuentas finiquitas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc., todo ello tanto con el Banco de España, Banca Oficial y Cajas de Ahorro, como con entidades bancarias privadas o cualesquiera Organismos de la Administración del Estado, Autonomías y Municipios, y con una limitación máxima por documento, contrato u operación de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €).

3.- Presentar declaraciones, seguir y concluir los procedimientos de declaración de cualesquiera impuestos, tasas o tributos frente a cualquier Administración Tributaria, ya sea estatal, autonómica o local, y a tal fin puedan firmar cuantas instanciase impresos Sean necesario y, en su caso, proceder a su liquidación o solicitud devolución, sin limitación de cantidad. Solicitar exenciones, subvenciones, bonificaciones y desgravaciones fiscales y devolución de ingresos indebidos.

4.- Presentar cuantas instancias e impresos estén directamente relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía frente a la Seguridad Social, incluyéndo, sin limitación, los correspondientes boletines de cotización, escritos, recursos, así como cuanta documentación esté relacionada con los procedimientos de altas y bajas frente a la Seguridad Social, y en su caso, proceder a las liquidaciones pertinentes, sin limitación de cantidad.

5.- Representar a la Sociedad en todos los asuntos y actos administrativos y judiciales, mercantiles y penales, ante la Administración del Estado y Corporaciones Públicas de todo orden, así como ante cualquier jurisdicción ordinaria, administrativa, especial, laboral, etc., y en cualquier instancia, ejerciendo toda clase de acciones que le correspondan en defensa de su derecho, en juicio y fuera de el, incluso absolver posiciones, comparecer como demandante, demandado o testigo, transigir derechos y acciones, sometiendo su decisión, si así lo estima, al juicio de árbitros o de amigables componedores. Comparecer ante Jueces, Magistraturas, Tribunales, Corporaciones del Estado, Provincia y Municipio, Organismos de todas clases, Comunidades Autónomas y Gobiernos Regionales; estando facultado, para interponer y ejercitar todas sus acciones, derechos y excepciones, en la forma, asunto y por el procedimiento que estime, iniciándolos y siguiéndolos por todos sus trámites hasta su terminación e interponer los recursos pertinentes, incluso de casación y revisión; asistir con voz y voto a las Juntas que se celebren en suspensiones de pagos, quiebras y concursos de acreedores, aprobar e impugnar créditos y su graduación, aceptar o rechazar proposiciones del deudor; nombrar y aceptar cargos Sindicos y Administradores y designar Vocales de organismos de conciliación, cobrar cantidades adeudadas a la sociedad, transigir en procedimientos judiciales. Ejecutar cuanto las Leyes consientan a las partes en el procedimiento de que se trate, así como desistir de este y de los recursos; practicar toda clase de requerimientos, con o sin intervención notarial, pudiendo conferir poderes generales para pleitos, con las facultades especiales en cada caso, en favor de Abogados, Procuradores y de otras personas.

6.- Abrir y cancelar cuentas bancarias; efectuar pagos y cobros por cualquier título hasta un límite de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), incluso hacer efectivos libramientos del Estado, Comunidades Autónomas, Organismos Autónomos, Provincia y Municipio; retirar de las oficinas de comunicaciones, cartas, certificados, despachos, paquetes, giros y valores declarados, y de las empresas de transportes, Aduanas y agencias, géneros y efectos remitidos; hacer protestas y reclamaciones, dejes de cuenta y abandono de mercancías; llevar los libros comerciales con arreglo a la Ley; levantar protestas de avería; contratar, modificar, rescatar, pignorar, rescindir y liquidar seguros de todas clases, pagar las primas y percibir de las entidades aseguradoras las indemnizaciones a que hubiere lugar.

7.- Nombrar, destinar y despedir todo el personal de la Sociedad, factores, señalar sus funciones, retribuciones, sueldos y demás gratificaciones que procedan, todo ello en relación con el personal que perciba un máximo de retribución anual bruta de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €)

8.- Otorgar y firmar cuantos documentos públicos y privados sean congruentes con las facultades que aquí se delegan y que deberán siempre ser interpretadas con la mayor amplitud.

9.- Elevar a instrumento público cualquier tipo de acuerdos sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Reglamento del Registro Mercantil.

Asimismo, se acuerda por unanimidad el Apoderamiento especial para la tramitación de certificados de firma electrónica.

El Consejo de Administración acuerda apoderar a don Carlos Suárez Rodríguez, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio en Polígono Industrial de Granadilla, s/n CP 38600, Santa Cruz de Tenerife, y con DNI ,78725050-Y, en vigor, con las siguientes facultades:

Conferir poder tan amplio, como en derecho convenga, para solicitar, descargar, instalar, renovar, suspender, revocar y utilizar cualesquiera certificados de firma electrónica emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o por otros prestadores de servicios de certificación, tanto los certificados expresados en las leyes, como cualesquiera otros de los emitidos por la citada Fábrica Nacional y otros prestadores de servicios de certificación electrónica, incluidos, pero no limitados, a certificados de persona física, de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica, de dispositivo móvil, de servidor, de componentes, de firma de código, de personal al servicio de las administraciones públicas, de sede electrónica, de sello electrónico para la actuación administrativa automatizada y cualesquiera otros certificados electrónicos que pudieran surgir con posterioridad de conformidad con el estado de la técnica.

La solicitud del certificado de firma electrónica podrá realizarse ante las oficinas de registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o ante otras oficinas de registro delegadas de órganos, organismos o entidades que ejerzan funciones públicas, así como ante las oficinas o registros que designen los prestadores de servicios de certificación.

Las actividades comprendidas anteriormente a realizar por cuenta del poderdante comprenderá la utilización del certificado de firma electrónica ante: la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y sus Organismos Públicos, Sociedades, Mancomunidades, Consorcios o cualesquiera otros entes con o sin personalidad jurídica vinculados o dependientes de las anteriores, incluyendo la administración institucional, territorial o periférica y órganos reguladores; también realizar trámites ante Oficinas y Funcionarios Públicos de cualquier administración, Registros Públicos, Agencias Tributarias, Tribunales Económicos-Administrativos, de Competencia o de Cuentas, Notarías, Colegios Profesionales, Sindicatos, Autoridades Eclesiásticas, Organismos de la UE e internacionales, Órganos Jurisdiccionales, Fiscalías, Juntas y Jurados, Juntas Arbitrales, Cámaras de Comercio, Órganos Constitucionales y cualesquiera otros órganos, agencias, entes u organismos de cualquier administración y demás entidades creadas y por crear, en cualquiera de sus ramas, dependencias o servicios de cualesquiera administraciones nacionales, de la UE o internacionales; asimismo podrá actuar ante personas físicas, jurídicas, entidades, sociedades y comunidades con y sin personalidad jurídica, organismos, agrupaciones, asociaciones, fundaciones, ong’s y demás entes de derecho privado previstos en el ordenamiento jurídico español, de la UE e internacionales, para la realización, vía electrónica mediante la utilización del certificado de firma electrónica del poderdante y por su cuenta, de las facultades incluidas en la presente escritura de apoderamiento.

Delegación de facultades.

Autorizar, apoderar y facultar a todos y cada uno de los miembros del Consejo de Administración así como al Secretario no consejero para que, cada uno de ellos, solidariamente, pueda efectuar cuantos actos sean necesarios para lograr la plena eficacia de los anteriores acuerdos, quedando expresamente facultados para comparecer ante el Notario de su elección con las más amplias facultades, para otorgar y firmar las escrituras precisas a fin de que puedan formalizarse los anteriores acuerdos y elevarlos a escritura pública con el fin de que surtan todos los efectos legales, incluso los de su inscripción en el Registro Mercantil, y suscribir los documentos u otorgar los documentos públicos precisos para la aclaración, subsanación, corrección o rectificación necesarios a fin de lograr la definitiva inscripción en el mencionado Registro Mercantil.

Competencias y funciones Word

Perfil y trayectoria profesional de los/las responsables de los diferentes órganos
  • Presidenta: ROSA ELENA DÁVILA MAMELY

Santa Cruz de Tenerife, 21 de diciembre de 1970.

Obtuvo su Diplomatura en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de La Laguna, realizando parte de sus estudios en la Alliance Manchester Business School. Al finalizar sus estudios se incorporó como técnico en procesamiento de datos vinculados a la banca, aseguradores y cámara de compensación de bancos, así como en el Cabildo de Tenerife en proyectos de restauración del paisaje de la isla de Tenerife, labor que compaginó con el asesoramiento a empresas en materia fiscal y contable.

En el ámbito político, Rosa Dávila se afilió en 1990, desempeñando su primer cargo público como concejal de Medio Ambiente y Calidad de Vida del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife entre 1996 y 1999. Además, fue teniente de alcalde y responsable de recursos humanos del mismo ayuntamiento en 1999 por Coalición Canaria.

Posteriormente, en 1999, es nombrada directora general del Instituto Canario de la Mujer, cargo que desempeña hasta 2003, cuando pasa a ocupar la Dirección General de Transportes hasta 2015. Concurre a las elecciones junto a Fernando Clavijo Batlle al Parlamento de Canarias.

En 2015, es nombrada Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar este cargo.5​ Posteriormente, tras las Elecciones al Parlamento de Canarias de 2019, fue elegida Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias, obteniendo el apoyo de 31 parlamentarios.

Fue Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias entre 2015 y 2019. También ocupó el cargo de Vicepresidenta Segunda del Parlamento de Canarias desde 2019 hasta 2023. ​ Actualmente es la presidenta del Cabildo de Tenerife, siendo la primera mujer en ocupar este puesto. Desde el 3 de julio de 2023.

  • Vicepresidente: JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ

Nacido en 1968 en Santa Cruz de Tenerife, Juan José Martínez Díaz es licenciado en Económicas, Máster en Planificación estratégica y Gestión de proyectos por la ULL, PADE por el IESE-Instituto Bravo Murillo. Fue Gerente de ACAFAM entre 1995-1999 y en octubre de ese año comenzó a trabajar como asesor técnico del área de Sanidad y Servicios Sociales en el Cabildo de Tenerife. Entre 2001 y 2007 fue gerente del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) en el Cabildo de Tenerife.

Entre agosto 2007-2011 fue Director General de Universidades en el Gobierno de Canarias y entre mayo de 2011-2015 fue director general de Puertos-Director Gerente Puertos Canarios en el Gobierno de Canarias.

Entre 2015 y 2019 fue concejal de Hacienda, Recursos Humanos y Patrimonio en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Desde julio de 2020 ocupa el cargo de concejal de Hacienda, Patrimonio y Vivienda, labor que desarrollar en la actualidad.

  • Consejero Delegado: CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ

Ingeniero de telecomunicación y Licenciado en administración y dirección de empresas, además realizó un Programa de Alta Dirección de Empresas (PADE) en 2013 por el Instituto Internacional Bravo Murillo. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en dirección y gestión de proyectos de telecomunicaciones de ámbito nacional e internacional.

  • Consejero: JOSE ANTONIO DUQUE DÍAZ

Secretario jurídico en Cabildo de Tenerife medio ambiente

  • Consejera: BEGOÑA ORTIZ LESTON
  • Consejero: MANUEL FERNANDEZ VEGA
  • Secretaria no consejera. Marina Wangüermert Pérez

Licenciada en Derecho por la Universidad de La Laguna (ULL) en el año 1989. Especializada en la rama del Derecho Privado, desde el año 1995 hasta 2021 ha prestado sus servicios profesionales en una importante empresa del sector industrial canario. En septiembre de 2021, y tras el correspondiente proceso de selección, se incorpora al Departamento Jurídico de ITER, siendo nombrada Secretaria no Consejera de algunas de las Sociedades del Grupo ITER en el mismo año 2021.”

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Personas adscritas a cada órgano
  • Presidenta: ROSA ELENA DÁVILA MAMELY
  • Vicepresidente: JUAN JOSE MARTÍNEZ DÍAZ
  • Consejero Delegado: CARLOS SUÁREZ RODRÍGUEZ
  • Consejero: JOSE ANTONIO DUQUE DÍAZ
  • Consejero: BEGOÑA ORTIZ LESTON
  • Consejero: MANUEL FERNANDEZ VEGA
Creación, modificación, participación y extinción de la entidad

Creación: 

ACUERDO DE CONSTITUCIÓN:  Nº 958 05/03/2004

AMPLIACIÓN DE CAPITAL: Nº 168, 19/01/2011

ELEVACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES: Nº 2378, 07/10/2016

ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES: Nº 2379 07/10/2016

ESTATUTOS: 08/05/2009

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Nº 742, 02/06/2016

ESTATUTOS: 02/03/2023

Modificación: 

  • El 15 de noviembre de 2021 mediante escritura autorizada por la Notario de Santa Cruz de Tenerife, Dña. Aranzazu Aznar Ondoño,, bajo el nº 3.533 de su protocolo, se produce la fusión por absorción de CANARIAS SUBMARINE LINK, S.L. y CANALINK AFRICA, S.L., siendo CANARIAS SUGMARINE LINK, S.L. la Sociedad absorbente y CANALINK AFRICA, la Sociedad absorbida, de conformidad con la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles. La escritura de fusión por absorción fue inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife el 22 de Noviembre de 2021  al Tomo 3246, , Libro 0, Folio 193, Hoja 50762, inscripción 5ª.
  • Operaciones PreparatoriasEl órgano de Administración de las compañías mercantiles CANARIAS SUBMARINE LINK, S.L. la Sociedad absorbente y CANALINK AFRICA, la Sociedad absorbida redactaron y suscribieron un Proyecto Común de Fusión de fecha 29 de junio de 2021, que explicaba y justificaba detalladamente la operación de fusión en sus aspectos jurídicos y económicos.

    Se realiza en el marco de los planes de transformación y eficiencia que se lleva a cabo dentro del grupo ITER para racionalizar y simplificar la estructura societaria y operativa del mismo y optimizar la gestión común logrando una gestión más efectiva de los recursos.

    Las participaciones sociales Canalink África quedan anuladas con la consiguiente extinción de ésta última y traspaso en bloque de su patrimonio a la Sociedad absorbente

    Se consideran Balances de fusión los cerrados a 31/12/2020.

    Las operaciones de Canalink África se consideran realizadas por Canalink a efectos contables desde el día 1 de enero de 2021.

  • ESCRITURAS DE FUSIÓN

Participación: 

  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2021.
  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2022.

Extinción: 

  • No se ha producido la extinción de la entidad en el ejercicio 2021.
  • No se ha producido la extinción de la entidad en el ejercicio 2022.
Capital social

El capital social asciende a 4.163.682,00 euros nominales, los cuales pertenecen el 100%, a la empresa Instituto Tecnológico y de Telecomunicaciones de Tenerife, S. L.

A 31 de diciembre de 2022 se han repartido los dividendos acordados en el Consejo de Administración celebrado el 17 de noviembre de 2021 y el 7 de noviembre de 2022, por importe de 4.625.000,00 euros al Socio Único.

A fecha 1 de enero de 2021 se integró los saldos de Reservas que ostentaba Canalink África por un importe neto de 942.148,26 euros.

Última actualización 26/10/2023